Abierto el plazo de subvenciones para la certificación de producción ecológica

La Generalitat Valenciana ha abierto el plazo de solicitud de las «Ayudas para el apoyo a la certificación de la producción ecológica en la Comunitat Valenciana, en el marco del I Plan Valenciano de Producción Ecológica 2016-2020».

Estas ayudas tienen como objetivo fomentar la producción ecológica en el ámbito de la Comunitat Valenciana en el programa de la calidad de los alimentos regulado en el Reglamento (CE) 834/2007, del Consejo, de 28 de junio de 2007, y en el Reglamento (CE) 889/2008, de la Comisión, de 5 de septiembre de 2008, a través del apoyo a las actividades subvencionables indicadas en el apartado «Información Complementaria»

Los solicitantes deben ser:

Las personas físicas o jurídicas inscritas en Registro de operadores titulares de explotaciones agropecuarias (Registro de productores) o en el Registro de operadores titulares de empresas de elaboración, manipulación, envasado, almacenamiento, exportación y/o comercialización de productos ecológicos (Registro de empresas) de acuerdo con el artículo 4 de la Orden 30/2010, de 3 de agosto de 2010 de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se aprueba el texto del Reglamento sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos y del Comité d’Agricultura Ecològica de la Comunitat Valenciana.

Requisitos:

– Estar inscritos y no tener retirada definitivamente la certificación en el Registro de operadores titulares de explotaciones agropecuarias (Registro de productores) o en el Registro de operadores titulares de empresas de elaboración, manipulación, envasado, almacenamiento, exportación o comercialización de productos ecológicos (Registro de empresas) de acuerdo con el artículo 4 y el artículo 34 de la Orden 30/2010, de 3 de agosto de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se aprueba el texto del Reglamento sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos y del Comité d’Agricultura Ecològica de la Comunitat Valenciana (CAECV).

– Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

– No concurrir ninguna de las circunstancias previstas en los puntos 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

– Haber abonado las cuotas de mantenimiento anual por control y certificación en el ejercicio correspondiente a la convocatoria.

Cuantía de la ayuda/Procedimiento de cobro:

– La intensidad de la ayuda podrá ser de hasta un máximo del 70% de los gastos subvencionables.
– La cuantía de la ayuda a otorgar por beneficiario no podrá superar el importe de 2.000 euros anuales.
– El importe total de las ayudas minimis concedidas a una única empresa dedicada a la producción primaria de productos agrícolas no excederá de 15.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales.
– El importe total de las ayudas minimis concedidas a una única empresa no dedicada a la producción primaria de productos agrícolas no excederá de 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales.

Se pueden consultar los plazos y toda la información sobre estas ayudas en el siguiente enlace:

AYUDAS PRODUCCIÓN ECOLÓGICA